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Inicio > Empresas > Asesoramiento > ¿Qué es el salario mínimo interprofesional y cómo afecta a tu sueldo?

¿Qué es el salario mínimo interprofesional y cómo afecta a tu sueldo?

Lo dice la Constitución española: todo trabajador tiene derecho a «una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia» (artículo 35). Esa remuneración básica se conoce como salario mínimo interprofesional o SMI y es válida independientemente del tipo de contrato y de la ocupación. ¿Cómo y cuándo se fija? ¿Nos afecta solo si tenemos el salario mínimo, o también si cobramos más? ¿A cuánto asciende actualmente? ¿Subirá en 2023? En este artículo te lo contamos todo.

Salario mínimo interprofesional

Qué es y qué no es

He aquí una definición sencilla de salario mínimo interprofesional: retribución mínima que un empresario debe pagar a su asalariado por un determinado periodo de tiempo. En concreto, por una jornada laboral ordinaria(en España, 40 horas semanales u 8 horas diarias) o, para los empleados del hogar, por hora. El SMI es el salario bruto anual, aunque se suele dar la cifra correspondiente al salario mensual en 14 pagas. Así, actualmente el salario mínimo interprofesional es de 14.000 euros, o lo que es lo mismo: 1000 euros en 14 pagas (o 1116,6 euros en 12 pagas). En el caso de los trabajadores eventuales y temporeros, el salario mínimo diario será de 47,36 euros, mientras que a los empleados del hogar se les pagará a un mínimo de 7,82 euros la hora de trabajo.

El SMI es diferente del salario base. De hecho, el SMI es la «retribución mínima» y el salario base es la «retribución fija» que percibe un trabajador. Este último no lo establece el Gobierno anualmente, sino que está concretado en el convenio colectivo de cada sector.

Otro dato importante para algunas profesiones es que ni el salario en especie (tickets restaurant, ayuda a pensiones…) ni los complementos extrasalariales (los gastos en que incurre una persona por el hecho de trabajar) se tienen en cuenta para el cálculo del salario mínimo interprofesional. Por lo tanto, no tienen por qué verse modificados cuando el SMI sube.

El SMI es válido para todas las ocupaciones y para todos los tipos de contrato.

¿Quién lo fija y cómo lo calcula?

En el Estatuto de los Trabajadores se expone que quien fija el SMI es el Gobierno y que debe hacerlo atendiendo a estos cuatro factores:

  • El índice de precios de consumo (la inflación).
  • La productividad media nacional.
  • El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
  • La coyuntura económica general.

También se dice en el Estatuto que el SMI se fija anualmente, aunque si las previsiones sobre el índice de precios de consumo no se cumplen puede revisarse cada 6 meses. El Real Decreto que establece su cuantía se publica en febrero o más adelante, pero de todas formas tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero.

Otro dato importante es que el SMI se fija «previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas». En efecto, cada año vemos cómo el Ministerio de Trabajo convoca a sindicatos y patronal para negociar con ambos la subida, aunque la decisión última es del Ejecutivo.

Y, por último, el Estatuto de los Trabajadores dice que el SMI es inembargable: si un trabajador tiene deudas, no se le puede privar de su salario mínimo.

¿A cuánto asciende hoy?

En España, el salario mínimo se introdujo en época del régimen de Franco (1963) y, desde entonces, ha tendido a subir paulatinamente, aunque en algunos aumentos el ascenso ha sido vertiginoso. Por ejemplo, en 2019 subió un 22,3 %, es decir, se pasó de 735,9 a 900 euros mensuales. También ha vivido momentos de inmovilidad, como en 2009-2015. Desde 2016, sin embargo, ha aumentado decididamente y sin parar. En 2022 ha estado en la cifra redonda de 1000 euros mensuales.

Un matiz importante: el SMI es siempre un salario bruto, así que los ingresos reales de los trabajadores en realidad son inferiores. He aquí un cálculo rápido:

Una persona soltera y sin hijos que cobre 14.000 euros brutos anuales en 2022 percibirá en realidad unos 11.600, una vez pague el IRPF (unos 1140 euros) y las cuotas a la Seguridad Social (unos 1240 euros). Este es, por supuesto, un cálculo aproximado, puesto que las retenciones y las cuotas dependen del tipo de contrato de trabajo y de factores como la situación personal del empleado.

Con sus 1000 euros mensuales, el SMI español se encuentra en la franja media salarial de Europa. Entre los 312 euros de Bulgaria hasta los 2142 euros de Luxemburgo para 2022.

¿Cuánto va a subir en 2023?

Está por ver. La patronal pide que suba, como mucho, 40 euros al mes; los sindicatos mayoritarios, entre 82 y 100. Un dato: con esta subida, el SMI español estará más cerca que cualquier otro país europeo de cumplir las recomendaciones de la Carta Social Europea, que estipula que el salario mínimo debería estar en torno al 60 % del salario medio de los trabajadores de un país. En España el sueldo medio es de 25.165 euros según el INE (24.907 según Hacienda), aunque con muchas diferencias entre comunidades: de los 30.000 del País Vasco a los 20.000 de Extremadura.

¿A quién beneficia la subida del salario mínimo interprofesional?

Por supuesto, a los trabajadores que perciben el salario mínimo, que son los que no están protegidos por un convenio colectivo. Y ello con independencia de que su jornada sea parcial o completa.

También puede decirse que beneficia a las arcas públicas, porque a más salario mayor recaudación. En concreto, los ingresos de la Seguridad Social aumentan, puesto que las bases de cotización –tanto de los asalariados como de los autónomos– se calculan a partir del SMI. Sobre si beneficia o no a la economía en general, el debate se reabre cada año…

¿Y al resto de los trabajadores asalariados? La respuesta es que la subida del SMI también puede beneficiar a los trabajadores sujetos a convenio. Por ejemplo, porque un convenio colectivo nunca puede recoger un salario inferior al nuevo SMI. Así que todos aquellos trabajadores cuyo sueldo pase a ser inferior al nuevo SMI deberán ver incrementada su nómina.

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Publicado en: Asesoramiento, Contratación temporal, Empresas

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